Madrid. (EFE).– El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha defendido la experiencia y trayectoria en materia de normativa antidopaje de sus árbitros en los Juegos de Tokio y los de invierno de Pekín en respuesta a la Agencia Mundial Antidopaje (AMA), que ha hablado de “falta de conocimiento” en un informe sobre Tokio 2020.
“Con respecto a la llamada ‘falta de conocimiento’ de los árbitros del TAS, tal afirmación parece basarse en una apreciación subjetiva de un empleado del departamento jurídico de la AMA y en ningún momento se ha planteado directamente a la División Antidopaje del TAS”, señaló este organismo en un comunicado.
En él explica que su División Antidopaje ha enviado una carta al presidente y al director de la AMA, como respuesta a algunos comentarios del informe de Observadores Independientes de la AMA sobre su funcionamiento en los Juegos de Tokio, especialmente por las críticas por falta de conocimientos antidopaje de algunos sus árbitros y por la no asistencia de la Agencia Mundial a la audiencia de un caso.
“Los seis árbitros del TAD que estaban de servicio con motivo de los Juegos de Tokio fueron seleccionados por el Consejo Internacional de Arbitraje Deportivo (ICAS) por su sólida experiencia, nacional e internacional, y por su trayectoria en el ámbito de la normativa antidopaje (igual que los árbitros designados con motivo de los Juegos de Pekín)”, afirmó.
Para este, “la misión de los observadores independientes es comprobar la correcta aplicación de las políticas y procedimientos antidopaje, pero no expresar opiniones personales sobre la actuación de los árbitros o la calidad de las decisiones del TAS”.
El tribunal anunció que, ante los Juegos de Invierno de Pekín, su división antidopaje ha pedido que “los observadores independientes de la AMA que supervisen los procedimientos antidopaje tengan experiencia en los procedimientos del TAD y sigan siendo independientes de la AMA, con el fin de garantizar un proceso de evaluación independiente”.
“Esto teniendo en cuenta que la AMA tiene un interés directo en asistir a estos procedimientos de primera instancia, ya que tiene derecho a presentar un recurso contra las sentencias del TAS”, añadió
El Tribunal lamentó que las cuestiones referidas en el informe no le fueran trasladadas directamente en Tokio, “en lugar de esperar a la publicación del informe seis meses después”, y opinó que las recomendaciones del mismo “no eran necesarias, considerando que no se produjo ningún fallo en los procedimientos de la División Antidopaje”.
También insistió en que la AMA fue informada de todos los casos y recibió todas las decisiones y solo, de manera excepcional, en uno que se inició y se resolvió en tres horas no hubo tiempo material para enviar una invitación formal para asistir a una audiencia, que se celebró por teléfono y fue muy breve.
“Aunque la AMA podría haber estado molesta por no haber sido invitada a la audiencia telefónica, no era una cuestión de preocupación, ya que no era parte en el procedimiento. En cualquier caso, dicha excepción no significa un cambio en la práctica del TAS de notificar a la AMA todos los nuevos casos, audiencias y decisiones finales”, concluyó.