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Tribunal emite fallos a favor de la Federación Dominicana de Lucha

Tribunal emite fallos a favor de la Federación Dominicana de Lucha
martes 04 octubre, 2016 - 3:52 PM

SANTO DOMINGO.-  La Federación Dominicana de Lucha (Fedola) dio a conocer seis sentencias que dejan sin efectos demandas incoadas por un grupo de dirigentes que han querido perturbar la buena marcha de los trabajos de la institución.

Las sentencias provienen de tribunales donde los insurrectos entablaron demandas diversas, dice una nota de la Fedola.

La primera de esas sentencias fue emitida por la presidencia de la Cámara Civil y Comercial del Distrito Nacional, marcada con el número 504-2016 que se refiere a la demanda sobre entrega de documentos. El fallo fue “rechazar por mal fundada y carente de base legal”.

La otra fue sobre la suspensión del punto tres de la agenda de la asamblea celebrada el 30 de julio de 2016 que se refiere sobre el proceso eleccionario de las 22 asociaciones. El fallo resultó en declarar “inadmisible por falta de argumento y no tener motivo para el conocimiento de la agenda presentada”. Ese fallo está contenido en la sentencia E504-2016-SARD-1481.

Otra que se refiere a la petición de exclusión y desconocimiento del Comité ejecutivo de la Asociación de Lucha de Barahona, la sentencia declara “inadmisible por falta de objeto o motivo de la demanda”, según sentencia número 504-2016-SORD-1483.

Mientras que la cuarta se relata a la solicitud de la exclusión e invalidez del actual comité ejecutivo de la Asociación de Lucha de Elías Piña, la sentencia dio como bueno y válida la escogencia del comité ejecutivo de esa provincia, según sentencia 504-2016-SORD-1479.

La quinta sentencia se refiere a la demanda de nulidad de derecho al voto y desconocimiento del comité ejecutivo de la Asociación de la provincia San Pedro de Macorís, el fallo declara nulo “por no tener soporte o base”, según la sentencia 504-2016-SORD-1478.

La otra sentencia sobre demanda de desconocimiento del proceso electoral el fallo fue de declararla “inadmisible” por no tener motivo, ni base legal, según sentencia 504-2016-SORD-1480.

Este sábado, 8 de octubre esas sentencias serán conocidas por la Asamblea de Asociaciones, convocada de manera extraordinaria en el salón de la reuniones de la Fedola como establecen los estatutos para conocer estas y otros temas relacionados con el proceso que ha sido tema, incluso en la opinión pública en diferentes medios.

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